Se denomina Empresa
de Trabajo Temporal (ETT) a aquella cuya actividad consiste en poner a
disposición de otra empresa (la Empresa Usuaria), con carácter temporal,
trabajadores por ella contratados.
En el trabajo
temporal se produce siempre una triple relación. Aquella que se produce
entre la ETT y el trabajador (relación laboral); la que se establece entre
la ETT y la Empresa Usuaria (relación mercantil) y la existente entre
la Empresa Usuaria y el propio trabajador, que es una relación funcional
o de funcionamiento.
Cuando una Empresa necesita
cubrir temporalmente un puesto de trabajo y recurre a una ETT, establecen,
mediante contrato, una relación mercantil. Después, la ETT realiza un
proceso de búsqueda y selección para encontrar al trabajador adecuado
a las necesidades de la Empresa Usuaria, procediendo a su contratación
y estableciendo con el mismo una relación laboral. Por último, el trabajador
que ha sido contratado por la ETT prestará sus servicios en la Empresa
Usuaria, que es la que genera el trabajo temporal, bajo cuya dirección
y autoridad, el trabajador desempeñará sus funciones.
El amplio conocimiento que
una ETT tiene del mercado, le permite encontrar fácilmente un trabajo
adecuado a cada candidato, poniendo a disposición de la Empresa Usuaria
al trabajador cuyo perfil se corresponda con las necesidades de la misma.
Contrariamente a lo que se
piensa, las Empresas de Trabajo Temporal tienen una larga trayectoria
de servicio a las empresas y ya en el siglo pasado existían, aunque fue
en la década de los 50 y 60 cuando las Empresas comenzaron a hacer un
uso frecuente de las ETT.
Las Empresas de
Trabajo Temporal a diferencia de otras modalidades de empresas de contratación,
contratan directamente a los trabajadores y posteriormente los ceden a
la Empresa Usuaria delegando en ellas la dirección y control del trabajo
a desarrollar.